Convocatoria de contribuciones en virtud del artículo 6.4 Actividades de supresión en el marco del mecanismo del artículo 6.4

21 de junio de 2023
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Carmen Álvarez Campo
Responsable de la política jurisdiccional

Índice

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TL;DR

El artículo 6 del Acuerdo de París establece tres enfoques para que las Partes cooperen voluntariamente en la consecución de sus Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (o CDN). El Mecanismo del Artículo 6.4 es uno de estos enfoques y su objetivo es "contribuir a la mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero y apoyar el desarrollo sostenible" (texto del Acuerdo de París, Artículo 6.4). Esta convocatoria de aportaciones se lanzó después de que la CMA solicitara al Órgano de Supervisión que considerara aportaciones más amplias de las partes interesadas proporcionadas en un proceso estructurado de consulta pública.

Cuestiones transversales

Discutir el papel de las actividades de absorción y de esta guía para apoyar el objetivo de equilibrar las emisiones con las absorciones hasta mediados de siglo.

  1. Más allá de 2050 necesitaremos emisiones netas cero a la atmósfera, y probablemente incluso emisiones negativas. El IPCC reconoce que la eliminación del dióxido de carbono (RCD) serán esenciales para ello, ya que incluso en 2050 no habremos desarrollado tecnología suficiente para evitar el 100% de las emisiones en todo el mundo. Serán necesarias tanto soluciones basadas en la naturaleza (NBS) como soluciones basadas en la técnica (TBS).

¿Cuáles son los papeles y funciones de las siguientes entidades en la implementación de las operaciones a las que se hace referencia en esta guía: ¿Proponente(s) de la actividad, Órgano de Supervisión del mecanismo del artículo 6.4 (6.4SB), administrador del registro del mecanismo 6.4, Parte Anfitriona, partes interesadas?

No exhaustivo:

  • Proponentes de actividades: Comprender y seguir las directrices a la hora de diseñar y ejecutar actividades que vayan a ser objeto de comercio en el marco del mecanismo del artículo 6.4.
  • A6.4 SB: supervisar el mecanismo A6.4
  • Administrador del registro A6.4: emitir unidades A6.4, hacer las transferencias pertinentes a OMGE (2%) y al Fondo de Adaptación SoP (5%)
  • Parte anfitriona: aprobar las actividades y aplicar los ajustes correspondientes cuando sea necesario, aunque no se mencionen en estas directrices.
  • Partes interesadas: hacer aportaciones, contribuir a futuras actualizaciones

¿Cómo se entienden estos elementos y, en particular, las posibles interrelaciones en sus funciones, plazos y aplicación?

  1. Periodo de seguimiento: Periodo de tiempo específico durante el cual se evalúan los resultados del proyecto y se informa de ellos para calcular los volúmenes de emisión de ese periodo concreto. La duración del periodo de seguimiento varía según el tipo de proyecto. En el caso de los proyectos basados en el secuestro, los periodos de seguimiento deben tener en cuenta la duración de la permanencia requerida.
  1. Periodo de acreditación: Periodo de tiempo durante el cual se verificarán los resultados de la mitigación. 
  1. Plazo para abordar las anulaciones: Tiempo transcurrido entre el momento en que se produce una anulación y el momento en que se requiere la acción acordada para compensar las anulaciones (cancelar créditos de un fondo de reserva).

Preguntas sobre elementos específicos 

A. Definiciones

Discutir el papel y los posibles elementos de las definiciones de estas orientaciones, incluidas las "Expulsiones".

B. Seguimiento e informes:

¿Qué plazos y procedimientos conexos deben especificarse para estos elementos mencionados en A6.4-SB003-A03?

Plazos

Se especifican en cada subsección a continuación. Los plazos deben adaptarse a las particularidades de cada tipo de proyecto; especialmente en función del riesgo de reversión.

Procedimientos para todos los elementos siguientes

  1. Cómo presentar los informes de seguimiento
  2. Contenido del informe de seguimiento y, en su caso, modelo que debe utilizarse
  3. Cómo comunicar las anulaciones
  4. Proceso de revisión técnica del informe de seguimiento

a. Para el seguimiento inicial y la presentación de informes de seguimiento (apartado 3.2.14);

  1. El tiempo transcurrido entre la nota conceptual o el registro del proyecto y el primer período de seguimiento
  2. Duración del primer periodo de control
  3. El tiempo transcurrido entre el primer periodo de control y los siguientes
  4. El tiempo transcurrido entre el final del primer periodo de seguimiento y la presentación del informe de seguimiento.

b. Para el seguimiento posterior y la presentación de informes de seguimiento (apartado 3.2.14);

  1. Duración de los periodos de control posteriores (normalmente la misma que para el primer periodo de control)
  2. El tiempo transcurrido entre los siguientes periodos de control
  3. El tiempo transcurrido entre el final de los periodos de control posteriores y la presentación de los informes de control.

c. Para el seguimiento y la presentación de informes de seguimiento tras un suceso observado que pudiera dar lugar a una inversión (apartado 3.2.14);

  1. El tiempo transcurrido entre la identificación de una inversión potencial y la notificación de dicha inversión.

d. Para el seguimiento y la elaboración de informes, incluidos los informes simplificados, realizados una vez finalizado el último período de acreditación de las actividades que impliquen extracciones (apartados 3.1.10 y 3.2.13).

  1. El tiempo que transcurre entre el final del último periodo de acreditación y el momento en que el proyecto ya no necesita informar de las reversiones. En resumen, la cantidad de tiempo que el carbono debe permanecer secuestrado.

Discutir cualquier otra consideración que deba darse a los elementos básicos para el seguimiento y la presentación de informes en A6.4-SB003-A03; cuando sea posible, identificar el ámbito aplicable, es decir, la pertinencia para todas las actividades del mecanismo 6.4, para las actividades de remoción o para categorías o tipos específicos de actividades de remoción.

C. Contabilización de las mudanzas

Discutir cualquier otra consideración que deba darse a los elementos básicos para la contabilización de las remociones en A6.4-SB003-A03; cuando sea posible, identificar su ámbito aplicable, es decir, su pertinencia para todas las actividades del mecanismo 6.4, para las actividades de remoción o para categorías o tipos específicos de actividades de remoción.

  1. Los ecosistemas naturales suelen modelizarse en una escala temporal de 100 años, ya que la incertidumbre es mayor cuanto más lejos se proyecta el futuro, lo que no quiere decir que el carbono almacenado en los sistemas naturales sólo se almacene durante 100 años. 
  2. Los riesgos y ventajas relativos deben considerarse en función del tipo de proyecto, teniendo en cuenta también las incertidumbres. Hay muchas incógnitas cuando se trata de soluciones TBS y la información actual no es tan estricta como la que vemos en el espacio NBS. Por lo tanto, es necesario crear un conjunto de divulgaciones y transparencia en torno a las cuestiones específicas derivadas de los TBS, incluidos los supuestos en los que se basa el análisis del ciclo de vida que pueden contribuir a sobrevalorar el riesgo.

Para las actividades que implican absorciones que también dan lugar a reducciones de emisiones, ¿cuáles son las consideraciones, los elementos y las interacciones pertinentes entre esta orientación y los requisitos para el desarrollo y la evaluación de metodologías de mecanismos, incluyendo.

D. Periodo de acreditación:

Discutir cualquier otra consideración que deba darse a los elementos básicos para los periodos de acreditación en A6.4- SB003-A03; cuando sea posible, identificando el ámbito aplicable, es decir, la relevancia para todas las actividades del mecanismo 6.4, para las actividades de remoción o para categorías o tipos específicos de actividades de remoción.

  • La duración del periodo de acreditación podría ajustarse a los distintos tipos de proyectos
  • Cuando se utilizan líneas de base históricas, es necesario definir el tiempo transcurrido entre las líneas de base históricas y el inicio del periodo de acreditación (cuanto más corto, mejor, para garantizar que la línea de base sigue siendo relevante).

E. Abordar los retrocesos:

Con el fin de minimizar el riesgo de no permanencia de las supresiones a lo largo de múltiples periodos de aplicación de los CND y, en caso de que se produzcan reversiones, garantizar que éstas se aborden en su totalidad.

Discutir la aplicabilidad y los aspectos de implementación de estos enfoques, incluso como medidas independientes o en combinación, y cualquier interacción con otros elementos de esta guía:

a. Colchón de riesgo no permanente (mancomunado o específico de la actividad);

  • Las reservas de estabilización sólo suelen utilizarse para los proyectos NBS, que tienen un riesgo de reversión más importante que los TBS.
  • Sin embargo, con el desarrollo de proyectos CDR con almacenamiento geológico y su exposición a los riesgos de pérdidas, hay margen para seguir investigando un porcentaje de amortiguación del riesgo basado en la formación del suelo o en la ubicación del proyecto con un umbral temporal (es decir, menos de 200 años, etc.).
  • Es importante señalar que, si la inversión es extrema y supera las contribuciones del proyecto de carbono a la reserva de estabilización o si se pone fin al proyecto, la responsabilidad del proyecto debería variar. En este caso, las reservas de estabilización deben complementarse con otras medidas (por ejemplo, la compra de créditos de carbono de otros proyectos).

b. Seguros/garantías de sustitución de los RE cuando se produzcan retrocesos (comerciales, soberanos, otros);

  • Este planteamiento sería similar al proceso de carta de crédito (cuando un banco garantiza el riesgo de impago de una empresa o de otro banco).
  • Para ello será necesaria la participación de nuevos agentes del mercado: aseguradoras y bancos. 
  • Aunque las aseguradoras ya participan activamente en los mercados de carbono, los bancos tendrían que ponerse al día. Sin embargo, es probable que el tamaño del mercado y las posibles ganancias atraigan al sector bancario.
  • Este planteamiento exigiría procesos de supervisión pesados y, en consecuencia, caros, para justificar y utilizar el seguro o las garantías de sustitución de los RE cuando se produzcan retrocesos.

c. Otras medidas para abordar las reversiones en su totalidad.

Discutir el plazo o plazos apropiados para aplicar los enfoques, incluida cualquier interacción con otros elementos de esta guía y el ámbito aplicable, es decir, la pertinencia para todas las actividades del mecanismo 6.4, para las actividades de remoción o para categorías o tipos específicos de actividades de remoción.

  • El enfoque de la reserva de búfer ya existe para las NBS, por lo que es el más común y el más fácil de poner en práctica para el CDR; sólo se requiere un análisis en profundidad del suelo en combinación con el secuestro de la línea de tiempo de permanencia. 
  • El enfoque del seguro y la garantía necesitaría más tiempo para ser plenamente eficaz, ya que se requiere una buena evaluación de este mercado por parte de las aseguradoras y los bancos. Sin embargo, dada la oportunidad financiera que presentan, se espera que se amplíen rápidamente.

¿Qué riesgos de no permanencia hay que minimizar y cómo pueden identificarse, evaluarse y minimizarse?

  • Algunos son evitables (por ejemplo, la conversión de tierras para otros usos o la sobreexplotación), mientras que otros escapan al control humano (por ejemplo, las catástrofes naturales y los cambios climáticos). Las reversiones evitables deben reducirse al mínimo.
  • Los riesgos de reversión más apremiantes deben identificarse en función de la probabilidad de que se materialicen y de la gravedad de sus consecuencias.

En lo que respecta a la evaluación de riesgos, ¿cómo deben tenerse en cuenta los siguientes elementos en la aplicación de los planteamientos de (1) y cualquier otro elemento pertinente de estas orientaciones?

  1. Nivel de evaluación del riesgo de no permanencia, por ejemplo, a nivel de actividad o de mecanismo.

A nivel de actividad, porque los riesgos de reversión dependen mucho del tipo de proyecto, la ubicación y otras características específicas de la actividad.

  1. Calendario para la(s) evaluación(es) de riesgos

La evaluación del riesgo debe realizarse durante el registro del proyecto y ser reconfirmada/revisada por un tercero en cada informe de verificación publicado después de cada informe de seguimiento publicado por el proponente del proyecto.

  1. Entidad(es) responsable(s) de la(s) evaluación(es) del riesgo, por ejemplo, proponente de la actividad, 6.4SB, actuario

La evaluación de riesgos debe ser realizada por el proponente del proyecto y revisada por una tercera entidad con conocimientos confirmados en la materia.

¿Cómo deben tenerse en cuenta los siguientes elementos a la hora de aplicar los planteamientos del punto (1) anterior y cualquier otro elemento pertinente de estas orientaciones?

  1. Métodos para determinar el nivel de las contribuciones al fondo de reserva
  • El nivel de las reservas de estabilización debe determinarse en función del riesgo de reversión de un proyecto concreto y de las medidas establecidas para superar este riesgo.
  • El riesgo global de retrocesos debe basarse tanto en los riesgos naturales como en los antropogénicos. 
  • Deben utilizarse parámetros diferentes según el tipo de proyecto. Algunos ejemplos:
  • Proyectos CDR de las NBS: riesgo de sequías e incendios forestales
  • Proyectos CDR de TBS: la formación geológica, la profundidad de la inyección de CO2 y cómo se inyecta el CO2 (líquido, gas o sólido ).

b. Composición de la reserva de estabilización, incluso en relación con las cosechas de ER y los tipos o categorías de actividades contribuyentes

  1. En cuanto a los proyectos CDR de las NBS, es necesario evaluar el fondo de reserva en cada cosecha, y almacenar los ER pertinentes en una cuenta para un posible riesgo de reversión posterior.

c. Retrocesos intencionados y no intencionados

  1. Sólo las anulaciones involuntarias podrán ser objeto de liberación de RE de la reserva de estabilización. Las reversiones intencionadas deben cancelarse del número total de RE emitidas por el proyecto (riesgo de sobrecrédito). Las reversiones antropogénicas que se produzcan repetidamente deben ser penalizadas severamente e incluso concluir en la terminación del proyecto.

d. Tratamiento de las reservas de estabilización no canceladas, incluso después del final del último periodo de acreditación de la actividad contribuyente.

e. Especificaciones para los RE que anulan para compensar las anulaciones, incluso en relación con las añadas de RE y los tipos o categorías de actividades contribuyentes.

  1. Lo ideal es que las anulaciones se compensen con RE del mismo tipo de proyecto. Si no es posible (véase la sección f), los RE utilizados para compensar deben coincidir en la medida de lo posible con los RE del proyecto. El tipo de proyecto, las añadas y la ubicación son los aspectos más relevantes que deben alinearse.

f. Reposición en caso de que las cancelaciones de búferes superen las contribuciones; redacción de diapositivas sobre el reajuste del nivel de base de almacenamiento antes de la nueva acreditación.

  1. En caso de que se cancele el 100% del fondo de reserva, deberá definirse una forma alternativa de compensar las reversiones. Por ejemplo, la compra y utilización de créditos de un proyecto similar.
  1. En esta situación, la reserva de estabilización debe reevaluarse para el siguiente periodo de acreditación. El objetivo es evitar que la reserva de estabilización se agote de nuevo.

En caso de inversión, ¿qué interacciones y aspectos de aplicación deben tenerse en cuenta con respecto a otros elementos del ciclo de actividad?

F. Evitar fugas:

Debatir cualquier otra consideración que deba darse a los elementos básicos para evitar fugas en A6.4-SB003-A03; cuando sea posible, identificar el ámbito aplicable, es decir, la pertinencia para todas las actividades del mecanismo 6.4, para las actividades de retirada o para categorías o tipos específicos de actividades de retirada.

  • Definir descuentos por desviación de actividad para todas las actividades en el marco del mecanismo 6.4.
  • En el caso de los enfoques jurisdiccionales, debe tenerse en cuenta la fuga de mercado. La fuga de mercado se refiere a un aumento de las emisiones de GEI resultante del cambio en el equilibrio de la oferta y la demanda fuera de la jurisdicción del programa (por ejemplo, un país). Este tipo de fuga es extremadamente difícil de rastrear y contabilizar.

G. Evitar otras repercusiones medioambientales y sociales negativas

Discutir las consideraciones que deben darse a los elementos básicos para evitar otros impactos ambientales y sociales negativos; cuando sea posible, identificar el ámbito aplicable, es decir, la pertinencia para todas las actividades del mecanismo 6.4, para las actividades de remoción o para categorías o tipos específicos de actividades de remoción. 

  • Cuando proceda, encargar consultas con las partes interesadas locales
  • Establecer salvaguardias y adaptarlas al tipo de proyecto. Algunos tipos de proyecto tienen un riesgo especialmente alto de provocar impactos negativos.
  • Considerar los marcos internacionales existentes, como las Salvaguardias de Cancún para REDD+.
  • Establecer requisitos que vayan más allá de las salvaguardias, como la supervisión y notificación de los beneficios colaterales y los planes de reparto de beneficios.

Sobre el autor

Carmen Álvarez Campo
Responsable de la política jurisdiccional

Carmen Álvarez Campo es experta en política climática y mercados de carbono, con especial atención a la política internacional y los enfoques jurisdiccionales. Carmen ha asesorado en el diseño e implementación de políticas climáticas y de fijación de precios del carbono a nivel nacional e internacional. Además, tiene experiencia ayudando a organizaciones del sector privado a evaluar los riesgos y oportunidades de transición asociados a la evolución del mercado de carbono y la política climática. En Sylvera, Carmen se centra en los enfoques del Artículo 6 y REDD+ jurisdiccional y ayuda a los sectores público y privado a navegar por estos espacios desde una perspectiva de comprador, inversor y vendedor.

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